La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) hace un exhorto a los empleadores de los sectores privado y público a tener prudencia con la institución financiera a la que le permitan ofertar Créditos de Nómina a sus empleados. 

Por un lado, se pueden violentar las disposiciones laborales al retener la empresa directamente parte de la nómina para cubrir compromisos adquiridos por sus trabajadores en créditos de Nómina otorgados, en este caso particular, por las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas (Sofomes E.N.R.) y, por el otro, propiciar indirectamente el sobreendeudamiento de sus trabajadores, lo que además puede provocar un efecto adverso en la propia productividad laboral.

Incluso, se ha observado el hecho de que los acreditados al exceder su capacidad de endeudamiento, optan por cancelar seguros de vida o de gastos médicos, lo que pone en riesgo su patrimonio familiar.

El crédito vía Nómina otorgado por la banca comercial ha crecido de manera importante en los dos últimos años a grado tal que a febrero pasado su importe alcanzó los 98 mil 400 millones de pesos, con un incremento del 74% respecto de igual mes del año anterior y casi el 20% de la cartera total de consumo. Si bien no representa aún un problema de elevada morosidad (2.6%), coincidimos con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en el sentido de que las altas tasas de crecimiento podrían resultar en importantes aumentos de este índice.

Debe agregarse que, de acuerdo al Registro de Contratos de Adhesión (RECA) de CONDUSEF, desde 2010 las Sofomes E.N.R. compiten importantemente por este mercado, a tal grado que en la actualidad existen 125 entidades ofertando este producto, cuando dos años atrás eran solamente 55.

Los empleadores también deben considerar que, a diferencia de los bancos, que por ley están obligados a consultar y, por tanto, a reportar el comportamiento de sus acreditados a las sociedades de información crediticia, las Sofomes E.N.R. no lo están y, salvo contadas excepciones, la gran mayoría de ellas promueven de manera irresponsable el crédito señalado, y no consultan el historial crediticio de las personas, lo que no solo puede resultar en una elevación del riesgo para ellas en materia de cartera vencida, sino también y más importante en el sobreendeudamiento de los clientes. 

En este sentido, la CONDUSEF recomienda que las empresas privadas y dependencias públicas verifiquen que las empresas otorgantes de crédito de Nómina al menos observen lo siguiente:                               

  1. Que estén dadas de alta en: el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES); Registro de Contratos de Adhesión (RECA) y, en su caso, Registro de Comisiones (RECO), registros que se llevan en CONDUSEF.
  2. Que cumplan ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores con las disposiciones relativas en materia de prevención de lavado de dinero.
  3.  Que los otorgantes de crédito comprueben que reportan su base de datos de forma regular a alguna de las sociedades de información crediticia que operan con la debida autorización.
  4. Que aumenten la transparencia con sus clientes, es decir, antes de otorgar el crédito, le muestren al personal de manera clara los términos y condiciones, incluyendo costos y comisiones del producto ofrecido.
  5. Que consulten en la página de CONDUSEF ?El Calificador?, que muestra el comportamiento obtenido en materia de transparencia de algunas instituciones financieras evaluadas hasta ahora. En el entendido de que a mayor calificación, mejor nivel de transparencia.

Por último, cabe señalar que en muchas ocasiones los sindicatos y áreas de recursos humanos y materiales de las empresas privadas y dependencias gubernamentales influyen sobre qué entidades financieras pudieran otorgar los créditos de nómina, por lo cual, se les exhorta también a que antes de privilegiar el servicio a determinada institución financiera, las sociedades oferentes del crédito cumplan con lo señalado en los incisos anteriores.