Los corresponsales bancarios son establecimientos o negocios autorizados para actuar a nombre y por cuenta de alguna institución bancaria, con el propósito de que las personas puedan realizar algunas transacciones financieras cotidianas, de manera más fácil y accesible. 

Al cierre del año pasado, 15 bancos tenían convenios de operación con 1,662 comisionistas, los que a su vez forman una red de 104,953 módulos de atención a lo largo de todo el territorio nacional. En 2010, cuando inició actividades esta figura sólo había 9,246 módulos. 

Al respecto, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) recuerda a la población que se pueden realizar en supermercados, tiendas de conveniencia, misceláneas, oficinas de telégrafos, farmacias, restaurantes y gasolineras, entre otros, las siguientes operaciones: 

·         Retiro de efectivo. Si eres el titular de la cuenta, puedes retirar hasta 7 mil 500 pesos.

·         Cobro de cheques, hasta la cantidad de 7 mil 500 pesos, a cargo del propio banco.

·         Hacer depósitos en efectivo o con cheque emitido por el banco en cuentas propias o de terceros; hasta 20 mil pesos.

·         Pagar créditos a favor de la institución o de otra en efectivo, con cargo a tarjeta de crédito o débito o con cheque.

·         Realizar el pago de servicios (agua, luz, teléfono, predial) en efectivo, con cargo a tarjeta de crédito o débito, o bien con cheques emitidos por el propio banco.

·         Consultas de saldos y movimientos de cuentas.

Cabe precisar que no todos los corresponsales manejan todas las operaciones bancarias, por lo que te recomendamos verificar con tu banco cuáles si aplican, así como las condiciones del servicio y el cobro de comisiones por cada transacción. 

En caso de que quieras presentar aclaraciones o quejas, derivadas de operaciones realizadas por medio de los citados comisionistas, es importante señalar que los bancos, a través de los corresponsales, deben proporcionarte la información suficiente para que conozcas el procedimiento. 

Para ello, deben poner a disposición de sus clientes en el establecimiento, entre otra información, la relativa al número telefónico y correo electrónico de la Unidad Especializada de Atención a Usuarios con la que el banco debe contar, así como del centro de atención de la Institución. Adicionalmente deberán indicar los números correspondientes al Centro de Atención Telefónica de la CONDUSEF. 

Para realizar operaciones bancarias con algún Corresponsal, la CONDUSEF recomienda tomar en cuenta las siguientes recomendaciones:

 

·         No entregar por escrito el NIP al cajero o encargado del comercio y deberás  teclearlo de manera personal en el dispositivo.

·         Exige el comprobante de la operación que deberá incluir por lo menos lo siguiente:

ü  Información del número de cuenta (no completo) sobre la cual se hizo la operación.

ü  El tipo de operación que se hizo (retiro, depósito, pago de servicio, etc.).

ü  El nombre del banco.

ü  El nombre del comercio donde se realizó la operación (Corresponsal) y su domicilio.

ü  Teléfonos de contacto del banco para que se puedan reportar las quejas o aclarar las dudas.

 

·         Si consultas el saldo de la cuenta o tarjeta en un comercio, te debes fijar que el operador no emita un duplicado del comprobante.

·         El comercio no puede obligarte a que compres algún producto para hacer la operación bancaria.

·         La comisión por la operación que realices debe reflejarse en el mismo comprobante de la operación o en el estado de cuenta correspondiente.