La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), dio a conocer la evaluación realizada a 16 instituciones que ofrecen el Seguro de Desempleo.

La evaluación contempla la transparencia y calidad de la información que las compañías aseguradoras proporcionan a sus clientes al brindar  productos y servicios, solo se califica la información que da estructura y publicidad al producto de Seguro de Desempleo, no se evalúan ni los aspectos cuantitativos o los beneficios financieros que ofrece.

Los tres elementos que fueron evaluados para otorgar la calificación final corresponden a: 1) Certificado Individual, 2) Condiciones Generales y 3) Cobertura de Desempleo.

Cabe destacar que la máxima calificación obtenida fue para Primero Seguros y Seguros Inbursa, ambas con 9.6 puntos y la mínima para Tokio Marine Seguros con 3.0 puntos.

De las 16 aseguradoras revisadas, sólo 4 es decir el 25% obtuvieron calificaciones aprobatorias, 10 obtuvieron un puntaje menor a 6, y 2 empresas Metlife México y Seguros El Potosí, no enviaron la documentación solicitada.

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El Seguro de Desempleo es aquel que aplica cuando la persona que tiene un crédito y deja de laborar, por causas ajenas y externas a su voluntad y durante el período de vigencia del seguro.

Esta cobertura es una "garantía" para quien otorga el crédito y siempre está sujeta a la contratación de un seguro de vida, que a su vez está vinculado con algún tipo de crédito: hipotecario, automotriz, personal o de nómina, por mencionar los más comunes.

Las personas que son beneficiarias de un crédito y que tienen contratado un Seguro de Desempleo, deben estar plenamente informados que dicha cobertura opera en casos de:

  1. Desempleo injustificado (Es cuando el asegurado pierde su trabajo por las siguientes causas: despido injustificado, pérdida de la fuente laboral por muerte e incapacidad del patrón, por ejemplo).
  2. Después de haber transcurrido el período de "carencia" (Es el tiempo posterior e inmediato a la fecha de inicio de la vigencia del seguro y durante el cual el asegurado NO está cubierto).
  3. Que existe un "tiempo de espera" (Tiempo entre la fecha de la pérdida de empleo y la fecha de comienzo del seguro de desempleo), en el que el asegurado entrega sus documentos de reclamación y el dictamen, declarando la procedencia del seguro por parte de la aseguradora
  4. Únicamente el "número de meses" que contempla la suma asegurada, esto es que en la mayoría de los casos "el Seguro de Desempleo" NO responde por la totalidad del crédito contratado, sino sólo por el número de "mensualidades o pagos".

Por lo anterior, la CONDUSEF considera importante hacer las siguientes precisiones y recomendaciones sobre el funcionamiento del Seguro de Desempleo:

  • Todas las compañías aseguradoras que ofrecen este producto, para hacer efectiva esta cobertura, excluyen la renuncia voluntaria, el retiro voluntario o la terminación de la relación laboral por mutuo acuerdo.
  • Si el desempleo se da durante el período de carencia, simplemente no tendrá la cobertura.
  • Existe un tiempo de espera o plazo, a partir del cual el seguro podrá ser efectivo en caso de despido injustificado, que es de 30 días generalmente, por lo que si no se cubren los pagos en este período, el crédito registrará "atrasos" con los costos y afectaciones en perjuicio del usuario.

Asimismo, se recomienda a los otorgantes de crédito y compañías aseguradoras:

  • Contar con un producto que verdaderamente cubra el "desempleo" y no sólo el "despido", más aún si lo que se busca a garantizar es el pago del crédito.
  • Permitir al beneficiario del crédito y del Seguro de Desempleo, comparar y elegir entre varias aseguradoras para la contratación del producto.
  • A las aseguradoras se les sugiere ser más precisas en el alcance de la cobertura, a fin de evitar confusiones o una idea equivocada de su operación.

Para cualquier duda o consulta adicional favor de comunicarse a CONDUSEF al teléfono 01 800 999 80-80 o bien, visitar nuestra página de internet  www.condusef.gob.mx, también nos pueden seguir en Twitter: @CondusefMX.