1. Las Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas (Sofomes ENR), no forman parte del Sistema Financiero Formal.

MITO.- Las Sofomes ENR, desde su nacimiento en 2006, forman parte del sistema financiero nacional, así lo indican los diversos cuerpos normativos que las regulan.

  1. Las Sofomes ENR pueden captar recursos del público ahorrador.
  • La captación de recursos sólo está permitida por regla general, a aquellas entidades financieras que cuentan con la debida autorización. Es más, si realizan  -captación de recursos-, esto sería una captación irregular y tanto empleados y funcionarios pudieran llegar a tener consecuencias de tipo penal.
  1. Las Sofomes ENR deben cumplir con diversas normas que las regulan.
  • Independientemente el nombre poco afortunado que tienen estas sociedades, el cual pudiera entenderse que no les aplica ninguna norma. Este tipo de entidades son reguladas por leyes financieras, leyes fiscales y disposiciones de carácter secundario emitidas por CONDUSEF, Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, incluyendo las normas en materia de Lavado de Dinero emitidas por esta última autoridad.
  1. Las Sofomes ENR pueden enviar y consultar los historiales de crédito en las diferentes Sociedades de Información Crediticia.
  • Es ampliamente recomendable que este tipo de entidades remitan y consulten los distintos Buros de Crédito. Esto permitirá controlar el sobreendeudamiento y fortalecer la base de datos crediticia para coadyuvar a tener un sano sistema financiero.
  1. Las Sofomes ENR solamente pueden otorgar crédito de nómina.
  • La naturaleza de estas entidades financieras es que pueden celebrar todo tipo de créditos, factoraje y arrendamiento financiero; cumpliendo con la norma, haciendo un análisis de crédito serio de sus clientes para evitar el endeudamiento de las personas y, en general, apegándose a las sanas prácticas financieras y de crédito.

Adicionalmente, las Sofomes ENR tienen distintas obligaciones frente a CONDUSEF:

  • Registrarse en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES).
  • Registrar sus contratos de adhesión en el RECA.
  • Registrar las comisiones que cobren por las operaciones que realicen, en el RECO.
  • Registrar la Unidad Especializada y atender las consultas y reclamaciones recibidas y atendidas.

Adicionalmente tienen que cumplir con la normativa de Lavado de Dinero emitida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

RECOMENDACIONES DE CONDUSEF

Antes de contratar con alguna institución:

  • Consultar en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES)  (http://sipres.condusef.gob.mx/home/), si la institución está o no registrada.
  • No te quedes con dudas. Pregunta, compara y elige razonadamente.
  • Conoce los riesgos asociados a la operación que pretendes realizar (consecuencias del no pago, carga moratoria, ejecución de garantías, etc.)
  • Recordar que CONDUSEF no cuenta con facultades para resarcir daños ni pérdidas generadas por inversiones y ahorros.

Para cualquier duda llama al 53-400 999 ó 01 800 999 80-80.