INFORMACIÓN HISTÓRICA
Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.
Nombre de la Institución: Banco Mercantil del Norte, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Banorte
Producto: Crédito Hipotecario
Número RECA | Cláusula Actual | Supuesto | *Fecha de Eliminación |
---|---|---|---|
0351-138-014592/03-06754-1014 | DÉCIMA SÉPTIMA:- VENCIMIENTO ANTICIPADO.- EL BANCO se reserva la facultad de dar por vencido anticipadamente el plazo fijado en la cláusula de PLAZO DEL CONTRATO, y en consecuencia, los ACREDITADOS deberán hacer el pago inmediato del importe del saldo del crédito, intereses ordinarios, moratorios, gastos y demás accesorios legales, si los ACREDITADOS faltaren al cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas en este contrato, o en los casos en que la Ley así lo previene, o en los siguientes supuestos: |
Establezcan como causal de vencimiento anticipado el incumplimiento de otros créditos celebrados con un tercero ajeno al grupo financiero. |
10/08/2015 |
0351-138-014592/03-06754-1014 | COMPENSACIÓN.- Los ACREDITADOS autorizan expresa e irrevocablemente a EL BANCO para compensar, sin necesidad de notificación o requerimiento previo, todas las cantidades vencidas y no pagadas derivadas del presente Crédito contra cualquier deuda líquida y exigible que existiere a cargo de EL BANCO y en favor de los ACREDITADOS, incluyendo sin limitación, deudas derivadas de depósitos bancarios de dinero constituidos por los ACREDITADOS con EL BANCO. |
Establezcan el cargo de adeudos vencidos en cuentas de depósito, sin que se indique el plazo en el que se realizará el cargo ni el saldo por el cual se hará el cargo. |
10/08/2015 |
0351-138-014583/02-02564-0514 | DÉCIMA SÉPTIMA:- VENCIMIENTO ANTICIPADO.- EL BANCO se reserva la facultad de dar por vencido anticipadamente el plazo fijado en la cláusula de PLAZO DEL CONTRATO, y en consecuencia, los ACREDITADOS deberán hacer el pago inmediato del importe del saldo del crédito, intereses ordinarios, moratorios, gastos y demás accesorios legales, si los ACREDITADOS faltaren al cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas en este contrato, o en los casos en que la Ley así lo previene, o en los siguientes supuestos: |
Establezcan como causal de vencimiento anticipado el incumplimiento de otros créditos celebrados con un tercero ajeno al grupo financiero. |
10/08/2015 |
0351-138-014585/02-02567-0514 | COMPENSACIÓN.- Los ACREDITADOS autorizan expresa e irrevocablemente a EL BANCO para compensar, sin necesidad de notificación o requerimiento previo, todas las cantidades vencidas y no pagadas derivadas del presente Crédito contra cualquier deuda líquida y exigible que existiere a cargo de EL BANCO y en favor de los ACREDITADOS, incluyendo sin limitación, deudas derivadas de depósitos bancarios de dinero constituidos por los ACREDITADOS con EL BANCO. |
Establezcan el cargo de adeudos vencidos en cuentas de depósito, sin que se indique el plazo en el que se realizará el cargo ni el saldo por el cual se hará el cargo. |
10/08/2015 |
0351-138-014591/02-02578-0514 | DÉCIMA SÉPTIMA:- VENCIMIENTO ANTICIPADO.- EL BANCO se reserva la facultad de dar por vencido anticipadamente el plazo fijado en la cláusula de PLAZO DEL CONTRATO, y en consecuencia, los ACREDITADOS deberán hacer el pago inmediato del importe del saldo del crédito, intereses ordinarios, moratorios, gastos y demás accesorios legales, si los ACREDITADOS faltaren al cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas en este contrato, o en los casos en que la Ley así lo previene, o en los siguientes supuestos:... |
Establezcan como causal de vencimiento anticipado el incumplimiento de otros créditos celebrados con un tercero ajeno al grupo financiero. |
10/08/2015 |
0351-138-014589/02-02577-0514 | DÉCIMA SÉPTIMA:- VENCIMIENTO ANTICIPADO.- EL BANCO se reserva la facultad de dar por vencido anticipadamente el plazo fijado en la cláusula de PLAZO DEL CONTRATO, y en consecuencia, los ACREDITADOS deberán hacer el pago inmediato del importe del saldo del crédito, intereses ordinarios, moratorios, gastos y demás accesorios legales, si los ACREDITADOS faltaren al cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas en este contrato, o en los casos en que la Ley así lo previene, o en los siguientes supuestos:... |
Establezcan como causal de vencimiento anticipado el incumplimiento de otros créditos celebrados con un tercero ajeno al grupo financiero. |
10/08/2015 |
0351-138-014588/02-02570-0514 | DÉCIMA SÉPTIMA:- VENCIMIENTO ANTICIPADO.- EL BANCO se reserva la facultad de dar por vencido anticipadamente el plazo fijado en la cláusula de PLAZO DEL CONTRATO, y en consecuencia, los ACREDITADOS deberán hacer el pago inmediato del importe del saldo del crédito, intereses ordinarios, moratorios, gastos y demás accesorios legales, si los ACREDITADOS faltaren al cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas en este contrato, o en los casos en que la Ley así lo previene, o en los siguientes supuestos:... |
Establezcan como causal de vencimiento anticipado el incumplimiento de otros créditos celebrados con un tercero ajeno al grupo financiero. |
10/08/2015 |
0351-138-014587/02-02568-0514 | DÉCIMA SÉPTIMA:- VENCIMIENTO ANTICIPADO.- EL BANCO se reserva la facultad de dar por vencido anticipadamente el plazo fijado en la cláusula de PLAZO DEL CONTRATO, y en consecuencia, los ACREDITADOS deberán hacer el pago inmediato del importe del saldo del crédito, intereses ordinarios, moratorios, gastos y demás accesorios legales, si los ACREDITADOS faltaren al cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas en este contrato, o en los casos en que la Ley así lo previene, o en los siguientes supuestos:... |
Establezcan como causal de vencimiento anticipado el incumplimiento de otros créditos celebrados con un tercero ajeno al grupo financiero. |
10/08/2015 |
0351-138-014583/02-02564-0514 | COMPENSACIÓN.- Los ACREDITADOS autorizan expresa e irrevocablemente a EL BANCO para compensar, sin necesidad de notificación o requerimiento previo, todas las cantidades vencidas y no pagadas derivadas del presente Crédito contra cualquier deuda líquida y exigible que existiere a cargo de EL BANCO y en favor de los ACREDITADOS, incluyendo sin limitación, deudas derivadas de depósitos bancarios de dinero constituidos por los ACREDITADOS con EL BANCO... |
Establezcan el cargo de adeudos vencidos en cuentas de depósito, sin que se indique el plazo en el que se realizará el cargo ni el saldo por el cual se hará el cargo. |
10/08/2015 |
0351-138-014591/02-02578-0514 | COMPENSACIÓN.- Los ACREDITADOS autorizan expresa e irrevocablemente a EL BANCO para compensar, sin necesidad de notificación o requerimiento previo, todas las cantidades vencidas y no pagadas derivadas del presente Crédito contra cualquier deuda líquida y exigible que existiere a cargo de EL BANCO y en favor de los ACREDITADOS, incluyendo sin limitación, deudas derivadas de depósitos bancarios de dinero constituidos por los ACREDITADOS con EL BANCO... |
Establezcan el cargo de adeudos vencidos en cuentas de depósito, sin que se indique el plazo en el que se realizará el cargo ni el saldo por el cual se hará el cargo. |
10/08/2015 |
0351-138-014589/02-02577-0514 | COMPENSACIÓN.- Los ACREDITADOS autorizan expresa e irrevocablemente a EL BANCO para compensar, sin necesidad de notificación o requerimiento previo, todas las cantidades vencidas y no pagadas derivadas del presente Crédito contra cualquier deuda líquida y exigible que existiere a cargo de EL BANCO y en favor de los ACREDITADOS, incluyendo sin limitación, deudas derivadas de depósitos bancarios de dinero constituidos por los ACREDITADOS con EL BANCO... |
Establezcan el cargo de adeudos vencidos en cuentas de depósito, sin que se indique el plazo en el que se realizará el cargo ni el saldo por el cual se hará el cargo. |
10/08/2015 |
0351-138-014588/02-02570-0514 | COMPENSACIÓN.- Los ACREDITADOS autorizan expresa e irrevocablemente a EL BANCO para compensar, sin necesidad de notificación o requerimiento previo, todas las cantidades vencidas y no pagadas derivadas del presente Crédito contra cualquier deuda líquida y exigible que existiere a cargo de EL BANCO y en favor de los ACREDITADOS, incluyendo sin limitación, deudas derivadas de depósitos bancarios de dinero constituidos por los ACREDITADOS con EL BANCO... |
Establezcan el cargo de adeudos vencidos en cuentas de depósito, sin que se indique el plazo en el que se realizará el cargo ni el saldo por el cual se hará el cargo. |
10/08/2015 |
0351-138-014587/02-02568-0514 | COMPENSACIÓN.- Los ACREDITADOS autorizan expresa e irrevocablemente a EL BANCO para compensar, sin necesidad de notificación o requerimiento previo, todas las cantidades vencidas y no pagadas derivadas del presente Crédito contra cualquier deuda líquida y exigible que existiere a cargo de EL BANCO y en favor de los ACREDITADOS, incluyendo sin limitación, deudas derivadas de depósitos bancarios de dinero constituidos por los ACREDITADOS con EL BANCO... |
Establezcan el cargo de adeudos vencidos en cuentas de depósito, sin que se indique el plazo en el que se realizará el cargo ni el saldo por el cual se hará el cargo. |
10/08/2015 |
0351-138-009869/03-02668-0514 | COMPENSACIÓN.- Los ACREDITADOS autorizan expresa e irrevocablemente a EL BANCO para compensar, sin necesidad de notificación o requerimiento previo, todas las cantidades vencidas y no pagadas derivadas del presente Crédito contra cualquier deuda líquida y exigible que existiere a cargo de EL BANCO y en favor de los ACREDITADOS, incluyendo sin limitación, deudas derivadas de depósitos bancarios de dinero constituidos por los ACREDITADOS con EL BANCO... |
Establezcan el cargo de adeudos vencidos en cuentas de depósito, sin que se indique el plazo en el que se realizará el cargo ni el saldo por el cual se hará el cargo. |
06/07/2015 |
0351-138-014585/02-02567-0514 | DÉCIMA SÉPTIMA:- VENCIMIENTO ANTICIPADO.- EL BANCO se reserva la facultad de dar por vencido anticipadamente el plazo fijado en la cláusula de PLAZO DEL CONTRATO, y en consecuencia, los ACREDITADOS deberán hacer el pago inmediato del importe del saldo del crédito, intereses ordinarios, moratorios, gastos y demás accesorios legales, si los ACREDITADOS faltaren al cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas en este contrato, o en los casos en que la Ley así lo previene, o en los siguientes supuestos:... |
Establezcan como causal de vencimiento anticipado el incumplimiento de otros créditos celebrados con un tercero ajeno al grupo financiero. |
10/08/2015 |
*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA. |