¡Sácale provecho a tus utilidades!

·Si la empresa o empresas en las que laboraste tuvieron utilidades el año pasado, tienes derecho al reparto de utilidades.
·Aprovecha ese dinero para poner en orden tus gastos y compromisos, te dará más tranquilidad.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) informa sobre el reparto de utilidades, un derecho que tienen todas las personas trabajadoras y consiste en recibir parte de las ganancias que obtuvo su patrón el año anterior por las actividades o servicios que ofrece. 

Todas las y los trabajadores que laboran al servicio de una o un patrón, tienen derecho a recibir utilidades de las empresas, a excepción de los siguientes: 

  • Si la empresa no generó utilidades, lo cual debe informar a sus trabajadores.
  • Las y los directores, administradores y gerentes generales de la empresa.
  • Socias, socios o accionistas de la empresa.
  • Trabajadoras y trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el reparto de utilidades.
  • Profesionistas, técnicas y técnicos y otros, que mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado.
  • Las y los trabajadores del hogar. 

Las utilidades se determinan de la siguiente manera: la mitad conforme a los días trabajados y la otra mitad de acuerdo con el monto de los salarios percibidos. 

Sobre cuándo deben pagarse, la obligación se genera del 1 de abril al 30 de mayo si trabajas para una empresa; y del 1 de mayo al 29 de junio si tu patrona o patrón es una persona física. Se tiene el plazo de un año, a partir del día siguiente en que se genere la obligación, para el cobro de utilidades. 

¿Es cierto que hay empresas que no deben pagar utilidades? Es correcto y las compañías que no están obligadas son las siguientes: 

  • Las instituciones de asistencia privada reconocidas por la ley que no tengan fines de lucro.
  • El IMSS y las instituciones gubernamentales o públicas descentralizadas, con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento.
  • Empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
  • Empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos. 

Las prestaciones laborales bien utilizadas pueden ser oportunidades económicas para ahorrar, incrementar tu patrimonio a través de la inversión o para hacer frente a las deudas, recuerda que aparte de tu sueldo, la empresa o patrón tiene la obligación de proporcionarte las establecidas en la Ley Federal del Trabajo. 

Si te encuentras entre los trabajadores que recibieron o recibirán reparto de utilidades, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) te recomienda que consideres las siguientes opciones para que lo aproveches al máximo: 

  • Ahorra: Con una parte del dinero que recibas puedes crear un fondo de ahorro para enfrentar futuras emergencias. Para ello es importante crear un presupuesto de tus gastos y una vez cubiertos, apartar un porcentaje de lo que hayas recibido. 
  • Liquida o paga parte de tus deudas:Comienza por aquellas que te generen un interés mayor o te cobren las comisiones más altas. De esta manera, si adeudas dos tarjetas de crédito, posiblemente podrás liquidar una de ellas y así darle una tregua a tu bolsillo por un tiempo. 
  • Invierte: Puedes invertir una parte para hacer crecer tu patrimonio, considera hacerlo en mecanismos de bajo riesgo como los Certificados de la Tesorería (CETES). Otro mecanismo de inversión que también puedes considerar son las aportaciones voluntarias para tu cuenta individual para el retiro en tu Afore, lo agradecerás cuando llegue el momento. 
  • Remodela tu casa: Con esta acción se incrementara el valor de tu casa o departamento. 
  • Adquiere bienes duraderos: por ejemplo cambiar tu estufa, un refrigerador nuevo, un colchón, una sala. 
  • Adquiere unseguro para  tu hogar: ya están las lluvias y no está por demás proteger tu patrimonio ante un desastre natural. 

Si trabajas o trabajaste para una empresa y no recibiste utilidades, denúnciala en: inspeccionfederal@stps.gob.mx, o bien puedes acudir a presentar tu queja a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo. 

Visita nuestra página de Internet www.condusef.gob.mx. También nos puedes seguir en Twitter: @CondusefMX, Facebook: /Condusefoficial, Instagram: @condusefoficial y Youtube: CondusefOficial.

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