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Resultado de la evaluación y supervisión del producto -CRÉDITO DE NÓMINA- otorgado por las SOFOMES, E.N.R.  
·5 de 6 Entidades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas, cumplieron con la norma en materia de transparencia financiera y calidad de la información para los usuarios.

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) informa los resultados de la supervisión 2023 en materia de transparencia financiera de 6 SOFOMES, E.N.R., respecto del producto conocido como “Crédito de Nómina”, proceso que se ha venido realizando desde el año 2022, en el cual se supervisaron 27 Entidades Financieras por el referido producto.

Los créditos que tienen como fuente de pago parte del salario de los trabajadores o mejor conocidos como de “Nómina” son aquellos que han sido autorizados principalmente con base en el salario del trabajador, o que en su nombre, definición o publicidad utilicen la palabra nómina o salario, mismos que se materializan mediante la firma de un Contrato de Adhesión, el cual debe de ser autorizado por CONDUSEF.

PRIMERA ETAPA

Se analiza que los documentos e información que utilizan las Entidades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas, en la contratación y comercialización del producto “Crédito de Nomina”, cumplan con la normatividad aplicable, por lo que se solicitan expedientes de clientes que contienen los siguientes documentos: Contrato de Adhesión, incluyendo todos los anexos entregados al cliente, Carátula, Estado de Cuenta, Documento mediante el cual se recaba la autorización del usuario para consulta de su historial crediticio a la sociedad de información crediticia, Publicidad y Página de Internet.

De las irregularidades normativas detectas, la CONDUSEF informa a las Entidades Financieras mediante un oficio de Programa de Cumplimiento

Forzoso, para que lleven a cabo las modificaciones ordenadas y/o sugeridas en dicho proceso, con el propósito de solventar dichas irregulares.

SEGUNDA ETAPA

Con el objeto de determinar si las Entidades Financieras llevaron a cabo los cambios ordenados y/o sugeridos mediante el oficio de Programa de Cumplimiento Forzoso; la CONDUSEF analiza la documentación enviada por las instituciones y determina si se dejan sin efecto las observaciones, si subsisten las irregularidades o se modifica la medida correctiva.

Como resultado final de la supervisión y corregidas las irregularidades detectadas, se tiene que 3 Entidades Financieras obtuvieron calificación de 10 y solamente una reprobó, como se muestra a continuación:

Al final de este proceso de supervisión, el promedio de las evaluaciones fue de 8.4, lo que significa el logro de haber obtenido que la información proporcionada al usuario sea más transparente, clara y de calidad al momento de contratar un Crédito de Nómina.

Por último, todos los hechos detectados, pese a su estatus, no dispensan a las instituciones de las sanciones correspondientes, por los incumplimientos identificados al realizar la primera etapa.

Dentro de los principales incumplimientos normativos encontrados en los expedientes de clientes que contrataron un Crédito de Nómina revisados en el ejercicio 2023, fueron:

Contrato de Adhesión

  • No cumplen con especificar el procedimiento de terminación anticipada.
  • Tienen deficiencias en la forma y medios de entrega del estado de cuenta.
  • Tienen inconsistencias en el procedimiento de pagos anticipados y adelantados.
  • Establecen el cobro de comisiones prohibidas, así como presentan incongruencias con lo registrado en el Registro de Comisiones (RECO) de la CONDUSEF.
  • Imprecisiones en las fechas límite de pago y fechas para el cálculo de intereses.
  • No expresan correctamente las tasas de interés ordinaria y moratoria.
  • No describen correctamente las metodologías para calcular los intereses ordinarios y moratorios.
  • No dan a conocer el derecho del usuario para terminar el contrato por conducto de otra Institución Financiera.
  • Hacen entrega de versiones de los contratos de adhesión NO vigentes en el Registro de Contratos de Adhesión (RECA) de la CONDUSEF.

Carátula

  • No emplean o no respetan el formato de Carátula.
  • Imprecisiones en las fechas límite de pago y fechas para el cálculo de intereses.
  • Establecen el cobro de comisiones prohibidas, así como presentan incongruencias con lo registrado en el Registro de Comisiones (RECO) de la CONDUSEF.
  • Los datos de contacto de la UNE presentan inconsistencias.
  • No indican la forma de entrega del estado de cuenta.
  • No expresan correctamente las tasas de interés ordinaria y moratoria.

Estado de Cuenta

  • No cumplen con el aviso de los datos de la UNE y de la CONDUSEF.
  • No expresan correctamente las tasas de interés ordinaria y moratoria.
  • Imprecisiones en las fechas límite de pago y fechas para el cálculo de intereses.
  • No contienen el aviso relativo a que, en caso de ser un día inhábil, el pago podrá ser realizado el día hábil siguiente, sin que proceda el cobro de comisiones o intereses moratorios. 

Tabla de amortización 

  • No establece los datos que permitan identificar el crédito.
  • No contienen algunos conceptos que exige la regulación (capital, intereses, impuestos, en su caso, comisiones y seguros).

Página de Internet

  • No expresan correctamente las tasas de interés ordinaria y moratoria.
  • No indica la información relativa al Buró de Entidades Financieras.
  • No señalan las comisiones del producto financiero o cuando las incluyen presentan incongruencias con lo registrado en el Registro de Comisiones (RECO) de la CONDUSEF.
  • No contiene la leyenda de no autorización de la SHCP.

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