#RevisaComparaDecide. Resultado de la evaluación y supervisión del producto "Financiamiento Colectivo"

  • 4 de 4 Instituciones de Tecnología Financiera de Financiamiento Colectivo (FC) de conformidad con su objeto, cumplieron con la norma en materia de transparencia financiera y calidad de la información para los usuarios.

La Condusef informa los resultados de la supervisión 2023 en materia de transparencia financiera de 4 instituciones financieras respecto del producto “Financiamiento Colectivo”.

El Financiamiento Colectivo, es un servicio que consiste en actividades destinadas a poner en contacto a personas del público en general (solicitantes e inversionistas), con el fin de que entre ellas se otorguen financiamiento para algún proyecto a través de aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de internet o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital, plataforma que precisamente administra y opera la Institución de Financiamiento Colectivo, para lo cual debe estar autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

PRIMERA ETAPA

Se analiza que los documentos contractuales e información que utilizan las instituciones financieras con los usuarios, cumplan con la normatividad aplicable, lo cual se efectúa requiriendo expedientes de clientes, los cuales deben contener diversa documentación como: contrato de adhesión, carátula, comprobante de operación, estado de cuenta. También se verifica la página de Internet y publicidad impresa y/o digital, para ver su consistencia y no se dé lugar a confusiones en perjuicio del usuario de servicios financieros.

Del análisis anterior, la Condusef informa a las instituciones los incumplimientos normativos detectados, mediante el oficio de programa de cumplimiento forzoso, con el propósito de que aclaren o solventen dichas irregularidades. 

SEGUNDA ETAPA

En esta etapa se confirma si las Instituciones de Tecnología Financiera de Financiamiento Colectivo aclararon los incumplimientos reportados o llevaron a cabo los cambios ordenados; la Condusef analiza la documentación enviada por las instituciones y determina si se dejan sin efecto las observaciones, si subsisten las irregularidades o se modifica o elimina la medida correctiva, todo en protección del usuario de servicios financieros.

Como resultado final de la supervisión, una vez corregidas las irregularidades detectadas, se tiene que 2 Instituciones Financieras obtuvieron calificación de 10, como se muestra a continuación:

Transparencia Financiera Financiamiento Colectivo

Al final y concluido el proceso de supervisión, el promedio de las evaluaciones fue de 8.5, cuando en la primera etapa el promedio apenas se ubicó en 4.9 puntos, lo que significaque la información proporcionada al usuario sea más transparente, clara y de calidad para este al momento de contratar, pero no dispensa a las instituciones de cumplir con la normativa que les es obligatoria y aplicable como entidad financiera, así como de las sanciones que pueden dar origen los incumplimientos detectados.

Los principales incumplimientos normativos encontrados en los expedientes de clientes que contrataron un “Financiamiento Colectivo” revisados en el ejercicio 2023, fueron:

CONTRATO

  • No señala en qué forma recabará el consentimiento expreso del usuario, es decir si es una firma electrónica avanzada, una firma autógrafa digitalizada o cualquier otra forma de autenticación que se ajuste a los requisitos señalados en la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.
  • No señala que obtendrá en forma expresa e independiente del contrato de adhesión, el consentimiento expreso del Usuario para utilizar su información para fines mercadotécnicos, publicitarios o de cualquier otra índole.
  • No señala la fecha y hora de firma.
  • Las comisiones no son congruentes entre lo estipulado en el contrato con lo publicado en su página de internet.
  • No establece el concepto, monto o método usado y periodicidad de las comisiones.
  • No establece o señala de manera incompleta el procedimiento para aclaraciones y reclamaciones.
  • No señala el número vigente y completo de inscripción en el Registro de Contratos de Adhesión.
  • No establece la obligación de emitir comprobantes de operación.
  • No establece la obligación de emitir estados de cuenta y/o operación.
  • No señala la descripción detallada de la operación, características, términos, condiciones, así como los derechos y obligaciones que adquieren las partes.
  • No señala el nombre completo del usuario.
  • No establece o lo señala incompleto el procedimiento para la emisión y entrega de los estados de operación.
  • No establece que la carátula forma parte integrante del contrato.
  • No establece la obligación de validar los datos y verificar la autenticidad de los documentos obtenidos de manera digital por parte del usuario.
  • No señala la forma en la que proporcionará de manera gratuita información para evitar riesgos tecnológicos, cibernéticos y de fraude en el producto y servicio financiero contratado, como son mensajes de texto SMS o correo electrónico, entre otros.
  • No establece el tipo de financiamiento que se puede realizar en la plataforma.
  • No señala el monto total solicitado para el proyecto a financiar y el monto de los recursos que aportará el inversionista.
  • No establece la metodología para el cálculo de rendimientos.
  • No señala datos de Condusef (número telefónico, dirección de internet y correo electrónico).
  • No señala dentro de la tabla de amortización el saldo insoluto del período de que se trate.
  • No establece los requisitos del contrato de crédito, préstamo o financiamiento.
  • SANAS PRÁCTICAS (la obligación de establecer dentro del contrato de adhesión las bases que dejen claro las características, términos y condiciones del producto ofertado).
  • SANAS PRÁCTICAS (liberación de responsabilidades a cargo de las Instituciones Financieras).

CARÁTULA 

  • No contener información congruente con los términos y características del contrato.
  • No señala el tipo de operación de acuerdo al catálogo del Registro de Contratos de Adhesión.
  • No indica si la tasa de interés ordinaria es fija o variable.
  • No indica si el plazo del crédito es prorrogable o no.
  • No contiene los datos de contacto de la Unidad Especializada (UNE), mismos que deben coincidir con los datos registrados en el Directorio de Unidades Especializadas a cargo de esta Comisión, la página de internet y el nombre de la plataforma de la Institución de Tecnología Financiera.
  • No contiene el número de registro del contrato.
  • No respeta el orden y el formato de la información que debe contener.

ESTADO DE CUENTA Y/O ESTADO DE OPERACIÓN

  • No establece la denominación social, o el domicilio o número telefónico de la Institución de Tecnología Financiera.
  • No contiene la moneda en que se denomine la operación.
  • No contiene la fecha y moneda en que se originaron las comisiones.
  • No contiene los saldos inicial y final de cada proyecto invertido.
  • No contiene la fecha de los movimientos de cargo y abono efectuados en el periodo correspondiente.
  • No contiene un recuadro en el cual se indique el comportamiento de pago de cada cliente señalando si se encuentran al corriente en el pago de sus obligaciones o en mora, en caso de que alguno de los solicitantes se encuentre en mora, señalar el número de días del atraso en el pago y en caso de que se realicen acciones de cobranza indicar el estatus en que se encuentre la misma.
  • No contiene la información acerca del comportamiento de pago de cada solicitante, de su desempeño y cualquier otra que sea relevante para los inversionistas.
  • No establece el nombre del usuario, número de cuenta o contrato. 

COMPROBANTE DE OPERACIÓN 

  • No establece la identificación de la Institución de Tecnología Financiera en donde haya sido efectuada la operación.
  • No establece el tipo de operación efectuada.
  • No establece los datos que permitan identificar la cuenta respecto de la cual se efectuó la transacción.
  • No establece concepto y monto de la comisión cobrada. 

PUBLICIDAD Y/O FOLLETO INFORMATIVO 

  • No concordar con las características y condiciones de los productos y servicios establecidas en el contrato.
  • No indicar los términos y condiciones de acceso a las promociones o el medio a través del cual pueden ser consultados.
  • No indica la fecha de cálculo del Costo Anual Total (CAT).

PÁGINA WEB 

  • La página web no guarda congruencia contra el contrato del producto.
  • No mantiene a disposición los saldos y movimientos de los seis meses anteriores.
  • No mantiene en tiempo real saldos y movimientos de sus operaciones.
  • No mantiene disponible el Estado de Cuenta de los 3 periodos inmediatos anteriores.
  • No contiene la facultad del usuario de dar por terminado el contrato, dentro de los 30 días posteriores, sin responsabilidad.
  • No contiene información de las comisiones debe ser vigente y congruente entre sí.
  • No contiene una liga denominada “Consulta de los costos y comisiones de nuestros productos” y contener todas las comisiones por todos los productos y servicios.
  • No señala el límite de tiempo en el que cerrará sesión del usuario.
  • No señala la cobertura geográfica y/o la moneda utilizada.
  • Contiene información engañosa.
  • No establece la sección de preguntas frecuentes y métodos de resolución de controversias y aclaraciones.

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Los resultados de la evaluación y los incumplimientos detectados podrán ser consultados en el Buró de Entidades Financieras a cargo de esta Comisión Nacional en la siguiente liga:

          https://www.buro.gob.mx

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