INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Credivisa, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Producto: Crédito Personal

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
12542-140-011785/09-04881-0615

DECIMA.- PRINCIPALES OBLIGACIONES DE "EL ACREDITADO". 1.- Pagar oportunamente todas las amortizaciones estipuladas y las exhibiciones de los intereses ordinarios pactados que constan en Tabla de amortización marcada como Anexo 4 de este contrato. 2.- Pagar los intereses moratorios, e impuestos que se pactan en este contrato, reconociendo "EL ACREDITADO" que el pago de los conceptos señalados en este inciso no implica el derecho a retrasarse en los pagos en la fecha de vencimiento, en virtud de que la conducta de retraso implica la posible rescisión anticipada del presente contrato por parte de "CREDIVISA", de conformidad con la cláusula Décima Segunda del presente y en su caso, la cancelación de toda posibilidad de un nuevo crédito a su favor. 3.- Abstenerse de contraer obligaciones durante la vigencia del presente contrato, que pudiesen poner en riesgo su solvencia.

Disposición Tercera, fracción III. Inciso b)

30/06/2018
12542-140-024879/01-00668-0316

DECIMA.- PRINCIPALES OBLIGACIONES DE "EL ACREDITADO". 1.- Pagar oportunamente todas las amortizaciones estipuladas y las exhibiciones de los intereses ordinarios pactados que constan en Tabla de amortización marcada como Anexo 4 de este contrato. 2.- Pagar los intereses moratorios, e impuestos que se pactan en este contrato, reconociendo "EL ACREDITADO" que el pago de los conceptos señalados en este inciso no implica el derecho a retrasarse en los pagos en la fecha de vencimiento, en virtud de que la conducta de retraso implica la posible rescisión anticipada del presente contrato por parte de "CREDIVISA", de conformidad con la cláusula Décima Segunda del presente y en su caso, la cancelación de toda posibilidad de un nuevo crédito a su favor. 3.- Abstenerse de contraer obligaciones durante la vigencia del presente contrato, que pudiesen poner en riesgo su solvencia.

Disposición Tercera, fracción III. Inciso b)

30/06/2018

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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