INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Préstamos Expéditos, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Producto: Crédito Personal

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
3395-439-008461/01-13298-0811

5. OBLIGACIONES DE PAGO DEL CLIENTE. a) Pena Convencional -En caso de que cese la relación laboral, el Cliente se obliga incondicionalmente a cubrir de inmediato la totalidad de los montos que continúen pendientes de pago a partir de dicha terminación (incluyendo principal, intereses y comisiones)...

Disposición Tercera, fracción II. Inciso b)

23/06/2017
3395-439-008461/01-13298-0811

6. LUGAR Y FORMA DE PAGO... c) Informar de manera inmediata a Credichamba cuando la relación de trabajo existente con el Patrón se termine por cualquier causa, incluyendo sin limitar, despido, renuncia o jubilación, separación por licencia o interinato. En este supuesto, el Cliente instruye libre y expresamente al Patrón, mediante el Mandato de Pago y Poder irrevocable disponer la cantidad de su liquidación o finiquito que equivalga el importe correspondiente al saldo e intereses insolutos a la fecha de terminación de la relación laboral o separación a fin de que dicho importe sea entregado a Credichamba para liquidar el Crédito existente, y en caso de que aun quede un saldo pendiente de pago y no haya fondos suficientes en la cuenta domiciliada o el Patrón haga caso omisio al mandato, entonces la totalidad del Crédito será exigible inmediatamente por esa causa.

Disposición Tercera, fracción II. Inciso b)

23/06/2017

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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