INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Operadora de Empeños y Préstamos, S.A.P.I. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Producto: Crédito Personal

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
4237-140-009822/03-11693-1215

SÉPTIMA.- CARTA PODER, ANEXO 3 (Ver Anexo 3): "LA PARTE MUTUATARIA", en los términos y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 100 cien de la Ley Federal del Trabajo (ver Anexo 5), designa a "LA PARTE MUTUANTE" como apoderada, para que en su nombre y representación efectúe el cobro y reciba de su patrón parte de su salario, que baste para cubrir los pagos que se obligó a efectuar en los términos de la cláusula "CUARTA" precedente, instruyéndola irrevocablemente para que aplique las cantidades que al efecto reciba como parte de su salario, al pago de los intereses, comisiones y primas de seguro que se causen, así como a la restitución del capital mutuado, en los términos pctados en el presente contrato.
Así mismo, "LA PARTE MUTUATARIA" en los términos y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 100 cien de la Ley Federal del Trabajo (ver Anexo 5), designa a "LA PARTE MUTUANTE" como apoderada, para que en su nombre y representación efectúe el cobro y reciba de su patrón el importe de la indemnización, aguinaldo o prima vacacional que al efecto la mandataria tenga derecho a recibir en caso de darse por terminada la relación laboral actualmente existente entre ellos, sea cual fuere la causa, hasta por la cantidad equivalente al saldo insoluto del capital mutuado, intereses, comisiones y primas de seguro que se encuentren pendientes de pago a esa fecha, instruyendo la primera a la segunda, de forma expresa e irrevocable, para que aplique la cantidad que al efecto reciba a la restitución íntegra y pago de los conceptos antes mencionados hasta donde alcance.

Disposición Tercera Fracción II Inciso b)

28/02/2018

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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