#RevisaComparaDecide. Resultado de la evaluación y supervisión del producto Financiamiento Colectivo

· 1 de 3 Institución de Financiamiento Colectivo (FC) de conformidad con su objeto, cumplió con la norma en materia de transparencia financiera.

a CONDUSEF informa los resultados de la supervisión 2025 en materia de transparencia financiera de 3 Instituciones Financieras respecto del producto Financiamiento Colectivo.

El Financiamiento Colectivo, es un servicio que consiste en actividades destinadas a poner en contacto a personas del público en general (solicitantes e inversionistas), con el fin de que entre ellas se otorguen financiamiento para algún proyecto o cualquier otro financiamiento causante de pasivo directo o contingente a los solicitantes a través de aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de internet o cualquier otro medio de comunicación electrónica o digital.

¿Qué supervisó la CONDUSEF?

La supervisión se realizó en dos etapas:

PRIMERA ETAPA

Se revisó que la documentación contractual, publicidad y páginas web de las Instituciones de Financiamiento Colectivo cumplieran con la normatividad vigente en materia de transparencia. Para ello, se analizaron expedientes de clientes, incluyendo: contrato de adhesión, carátula, estado de cuenta y/o estado de operación y comprobante de operación. Asimismo, se verificó que la información publicada en internet y publicidad fuera clara, consistente y no generara confusión o afectaciones para las personas usuarias.

Las irregularidades detectadas fueron notificadas a las instituciones mediante el oficio de programa de cumplimiento forzoso para su corrección.

SEGUNDA ETAPA

La CONDUSEF evaluó si las Instituciones deFinanciamiento Colectivo corrigieron las observaciones detectadas y acreditaron el cumplimiento normativo mediante documentación y argumentos presentados.

Tras concluir el proceso de supervisión y una vez corregidas las irregularidades detectadas, se tiene que 1 institución obtuvo calificación de 10; 1 cumplió parcialmente, como se muestra a continuación:

Lo anterior no exime a las instituciones financieras de las sanciones o medidas aplicables por los incumplimientos detectados.

PRINCIPALES INCUMPLIMIENTOS DETECTADOS 2025

CONTRATO

  • No señala que obtendrá en forma expresa e independiente del contrato de adhesión, el consentimiento expreso del Usuario para utilizar su información para fines mercadotécnicos, publicitarios o de cualquier otra índole.

ESTADO DE CUENTA Y/O ESTADO DE OPERACIÓN

  • No contiene el saldo inicial y el del final del periodo del total de las inversiones realizadas, así como los saldos inicial y final de cada proyecto invertido.
  • No contiene el monto total invertido y el saldo disponible para retiro a la fecha final del periodo.
  • No contiene un recuadro, que indique lo siguiente:
    • El comportamiento de pago de cada solicitante, señalando si se encuentran al corriente en el pago de sus obligaciones o en mora;
    • Número de días del atraso en el pago, en caso de alguno de los solicitantes se encuentre en mora,
    • En su caso indicar el estatus en que se encuentran las acciones de cobranza.
  • No contiene la información acerca del comportamiento de pago de cada solicitante, de su desempeño y cualquier otra que sea relevante para los inversionistas.
  • No contiene la tasa aplicable en el periodo expresada en términos anuales simples y en porcentaje, así como el monto de los intereses o rendimientos obtenidos.
  • No contiene el plazo para el vencimiento de la inversión realizada por el Usuario.
  • No contiene un recuadro con el monto total de las comisiones cobradas.

PÁGINA WEB

  • No contiene el nombre comercial del producto o servicio y número de registro en el RECA.

La CONDUSEF continuará fortaleciendo las acciones de supervisión para impulsar productos financieros más claros, transparentes y seguros para las personas usuarias.

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La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), es el organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal encargado de la protección y defensa de los derechos e intereses del público usuario de los servicios financieros, que prestan las instituciones públicas, privadas y del sector social debidamente autorizadas, así como de regular la organización, procedimientos y funcionamiento de la entidad pública encargada de dichas funciones. Lo anterior, de conformidad con la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de enero de 1999. www.condusef.gob.mx

Comunicado 064

19 de mayo de 2026

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