Derivado del alto número de Sociedades Cooperativas que operan en todo el país, y que no han logrado obtener la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) de acuerdo a la Ley, el pasado 4 de enero del presente año, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que amplía el plazo a las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SCAP), para obtener dicha autorización, destacando lo siguiente:
- Las Sociedades Cooperativas de cualquier tipo, que al 7 de enero realicen operaciones que impliquen la captación de recursos de sus Socios, deberán registrarse ante el Comité de Supervisión Auxiliar a más tardar el 31 de enero de 2014.
- Las Sociedades Cooperativas de cualquier tipo, distintas a las autorizadas en su momento por la Ley de Ahorro y Crédito Popular, cuyos activos rebasen el equivalente en moneda nacional a 2.5 millones de Unidades de Inversión (UDIS), y que al 7 de enero realicen operaciones de captación de recursos de sus Socios y no hubiesen presentado una solicitud de autorización ante la CNBV, tendrán hasta el 31 de marzo de 2014, para constituirse como Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SCAP) y solicitar dicha autorización para continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo.
Asimismo, una vez constituidas como SCAP, deberán someterse a una evaluación por parte del Comité de Supervisión Auxiliar de acuerdo a los programas de trabajo que establezca el mismo; dicho Comité evaluará de manera periódica el cumplimiento de los programas y podrá emitir recomendaciones o efectuar modificaciones que contribuyan a que las SCAP evaluadas obtengan la autorización correspondiente.
Por lo anterior, a todos los socios ahorradores que participan en alguna Sociedad Cooperativa se les recomienda verificar el estatus que mantiene su entidad ante la CNBV para obtener su autorización y participar activamente en sus asambleas para lograrlo y conocer sobre su salud financiera y contable.
Otra opción es que a través de la página de internet www.focoop.com.mx, el Fondo de Protección hace público el registro de las Sociedades Cooperativas autorizadas y aquellas que están en proceso de obtener la autorización de la CNBV, dicho registro se actualiza continuamente y aquellas Sociedades que no cumplen con la normativa se están excluyendo del mismo. Se sugiere a los socios ahorradores verificar permanentemente el estatus de la sociedad donde participan.
Las SCAP autorizadas pueden ser consultadas también en:
- El Registro de Prestadores de Servicios Financieros (SIPRES) de CONDUSEF en http://www.condusef.gob.mx/index.php/sipres
- A través de la página de la CNBV http://www.cnbv.gob.mx/Paginas/Index.aspx
No obstante, también se podrán contratar servicios de ahorro y préstamo con las sociedades en proceso de obtener su autorización, sin embargo, pueden representar un mayor riesgo que aquellas que ya cuentan con la autorización.
RECOMENDACIONES
- Investigar y comparar antes de contratar con alguna sociedad.
- Ahorra preferentemente en instituciones debidamente autorizadas.
- Ahorrar en instituciones en proceso de transición, aumenta el riesgo de pérdida del patrimonio.
- Los problemas de captación indebida, insolvencia y fraude se presentan en aquellas instituciones que ni siquiera han iniciado los trámites para obtener la autorización correspondiente.
- Las sociedades autorizadas cuentan con un Fondo de Protección que cubre sus depósitos hasta por 25 mil UDIS ($122,000 pesos) por persona en caso de insolvencia.
