INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Factor GFC Global, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Producto: Crédito Refaccionario

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
11760-137-016323/03-10852-1215

DÉCIMA SÉPTIMA.- RESTRICCIONES.- Sin consentimiento de la ACREDITANTE, la PARTE ACREDITADA no podrá dar en arrendamiento ni explotación la empresa, ni afectar en garantía todo o en parte la misma, ni contraer pasivos en tanto el Crédito Refaccionario que se le concede en virtud de este Contrato, esté total o parcialmente insoluto, salvo que la ACREDITANTE de por escrito la autorización correspondiente.

Disposición Tercera, fracción III, inciso b

31/07/2017
11760-137-020401/02-10858-1215

DÉCIMA QUINTA.- RESTRICCIONES.- Sin consentimiento de la ACREDITANTE, la PARTE ACREDITADA no podrá dar en arrendamiento ni explotación la empresa, ni afectar en garantía todo o en parte la misma, ni contraer pasivos en tanto el Crédito Refaccionario que se le concede en virtud de este Contrato, esté total o parcialmente insoluto, salvo que la ACREDITANTE de por escrito la autorización correspondiente.

Disposición Tercera, fracción III, inciso b

31/10/2017
11760-137-025288/01-01077-0516

DÉCIMA SEXTA.- RESTRICCIONES.- Sin consentimiento de la ACREDITANTE, la PARTE ACREDITADA no podrá dar en arrendamiento ni explotación la empresa, ni afectar en garantía todo o en parte la misma, ni contraer pasivos en tanto el Crédito Refaccionario que se le concede en virtud de este Contrato, esté total o parcialmente insoluto, salvo que la ACREDITANTE de por escrito la autorización correspondiente.

Disposición Tercera, fracción III, inciso b

31/07/2017
11760-137-025395/01-01184-0616

DÉCIMA SÉPTIMA.- RESTRICCIONES.- Sin consentimiento de la ACREDITANTE, la PARTE ACREDITADA no podrá dar en arrendamiento ni explotación la empresa, ni afectar en garantía todo o en parte la misma, ni contraer pasivos en tanto el Crédito Refaccionario que se le concede en virtud de este Contrato, esté total o parcialmente insoluto, salvo que la ACREDITANTE de por escrito la autorización correspondiente.

Disposición Tercera, fracción III, inciso b

31/07/2017

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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