INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Banco Compartamos,S.A., Institución de Banca Múltiple

Producto: Crédito Simple

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
0966-439-002426/13-05223-0615

"OCTAVA.- PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTADOS. Los Clientes podrán hacer pagos totales o parciales, de manera anticipada, sin pena ni bonificación, siempre y cuando los Clientes i) lo soliciten por escrito; ii) se encuentren al corriente en los pagos exigibles de conformidad con este Contrato; iii) el importe del pago anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizarse en el período correspondiente.
En caso de que el pago anticipado sea total, traerá como consecuencia la terminación anticipada del Contrato la cual se apegará al procedimiento establecido en la Cláusula Décima Primera de este Contrato.
Si los Clientes desean realizar pagos anticipados parciales deberán presentar una solicitud por escrito en la Oficina de Servicios de Compartamos que les corresponda a través del formato Solicitud de Pagos Anticipados Parciales, con al menos dos días hábiles previos a su siguiente exigibilidad. Una vez presentada la Solicitud mencionada se les entregará un acuse de recibo. En caso de no presentar la mencionada Solicitud, no se aplicarán los pagos anticipados..."

DISPOSICIÓN TERCERA, FRACCIÓN IV, INCISO C) SE CONSIDERA ABUSIVO OBLIGAR AL USUARIO AVISAR PREVIAMENTE A LA ENTIDAD LA REALIZACIÓN DE UN PAGO ANTICIPADO.

17/10/2016
0966-439-002428/11-05218-0615

OCTAVA.- PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTADOS. El Cliente podrá hacer pagos totales o parciales, de manera anticipada, sin pena ni bonificación, siempre y cuando el Cliente i) lo solicite por escrito; ii) se encuentre al corriente en los pagos exigibles de conformidad con este Contrato; iii) el importe del pago anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizarse en el período correspondiente.
En caso de que el pago anticipado sea total, traerá como consecuencia la terminación anticipada del Contrato la cual se apegará al procedimiento establecido en la Cláusula Décima Primera de este Contrato.
Si el Cliente desea realizar pagos anticipados parciales deberá presentar una solicitud por escrito en la Oficina de Servicios de Compartamos que le corresponda a través del formato Solicitud de Pagos Anticipados Parciales, con al menos dos días hábiles previos a su siguiente exigibilidad. Una vez presentada la Solicitud mencionada se le entregará un acuse de recibo. En caso de no presentar la mencionada Solicitud, no se aplicarán los pagos anticipados."

DISPOSICIÓN TERCERA, FRACCIÓN IV, INCISO C) SE CONSIDERA ABUSIVO OBLIGAR AL USUARIO AVISAR PREVIAMENTE A LA ENTIDAD LA REALIZACIÓN DE UN PAGO ANTICIPADO.

17/10/2016
0966-439-002429/11-05221-0615

"OCTAVA.- PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTADOS. El Cliente podrá hacer pagos totales o parciales, de manera anticipada, sin pena ni bonificación, siempre y cuando el Cliente i) lo solicite por escrito; ii) se encuentre al corriente en los pagos exigibles de conformidad con este Contrato; iii) el importe del pago anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizarse en el período correspondiente.
En caso de que el pago anticipado sea total, traerá como consecuencia la terminación anticipada del Contrato la cual se apegará al procedimiento establecido en la Cláusula Décima Primera de este Contrato.
Si el Cliente desea realizar pagos anticipados parciales deberá presentar una solicitud por escrito en la Oficina de Servicios de Compartamos que le corresponda a través del formato Solicitud de Pagos Anticipados Parciales, con al menos dos días hábiles previos a su siguiente exigibilidad. Una vez presentada la Solicitud mencionada se le entregará un acuse de recibo. En caso de no presentar la mencionada Solicitud, no se aplicarán los pagos anticipados..."

DISPOSICIÓN TERCERA, FRACCIÓN IV, INCISO C) SE CONSIDERA ABUSIVO OBLIGAR AL USUARIO AVISAR PREVIAMENTE A LA ENTIDAD LA REALIZACIÓN DE UN PAGO ANTICIPADO.

17/10/2016
0966-439-003862/11-05219-0615

"OCTAVA.- PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTADOS. Los Clientes podrán hacer pagos totales o parciales, de manera anticipada, sin pena ni bonificación, siempre y cuando los Clientes i) lo soliciten por escrito; ii) se encuentren al corriente en los pagos exigibles de conformidad con este Contrato; iii) el importe del pago anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizarse en el período correspondiente.
En caso de que el pago anticipado sea total, traerá como consecuencia la terminación anticipada del Contrato la cual se apegará al procedimiento establecido en la Cláusula Décima Primera de este Contrato.
Si los Clientes desean realizar pagos anticipados parciales deberán presentar una solicitud por escrito en la Oficina de Servicios de Compartamos que les corresponda a través del formato Solicitud de Pagos Anticipados Parciales, con al menos dos días hábiles previos a su siguiente exigibilidad. Una vez presentada la Solicitud mencionada se les entregará un acuse de recibo. En caso de no presentar la mencionada Solicitud, no se aplicarán los pagos anticipados..."

DISPOSICIÓN TERCERA, FRACCIÓN IV, INCISO C) SE CONSIDERA ABUSIVO OBLIGAR AL USUARIO AVISAR PREVIAMENTE A LA ENTIDAD LA REALIZACIÓN DE UN PAGO ANTICIPADO.

17/10/2016
0966-439-003863/09-05222-0615

"OCTAVA.- PAGOS ANTICIPADOS Y ADELANTADOS. El Cliente podrá hacer pagos totales o parciales, de manera anticipada, sin pena ni bonificación, siempre y cuando el Cliente i) lo solicite por escrito; ii) se encuentre al corriente en los pagos exigibles de conformidad con este Contrato; iii) el importe del pago anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizarse en el período correspondiente.
En caso de que el pago anticipado sea total, traerá como consecuencia la terminación anticipada del Contrato la cual se apegará al procedimiento establecido en la Cláusula Décima Primera de este Contrato.
Si el Cliente desea realizar pagos anticipados parciales deberá presentar una solicitud por escrito en la Oficina de Servicios de Compartamos que le corresponda a través del formato Solicitud de Pago Adelantado o Pago Anticipado (Total o Parcial) con al menos dos días hábiles previos a su siguiente exigibilidad. Una vez presentada la Solicitud mencionada se le entregará un acuse de recibo. En caso de no presentar la mencionada Solicitud, no se aplicarán los pagos anticipados..."

DISPOSICIÓN TERCERA, FRACCIÓN IV, INCISO C) SE CONSIDERA ABUSIVO OBLIGAR AL USUARIO AVISAR PREVIAMENTE A LA ENTIDAD LA REALIZACIÓN DE UN PAGO ANTICIPADO.

17/10/2016

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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