INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: ABC Capital, S.A., Institución de Banca Múltiple

Producto: Depósito a la vista (con o sin chequera, nómina y ahorro)

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
1621-003-020842/02-02997-0315

II.12. COMPENSACIÓN. El Cliente otorga su absoluta conformidad y autorización para compensar o pagar con recursos de la Cuenta, cualquier obligación de pago que contraiga con el Banco en virtud de este contrato o, inclusive, respecto de cualquier obligación contraída por otro motivo, ya sea como acreditado, endosante, suscriptor de pagarés, fiador, avalista, por pago de comisiones o cualquier otro adeudo que no sea liquidado oportunamente, se le cargue a la Cuenta, liberando al Banco de cualquier responsabilidad en que pudieran incurrir al proceder de esta manera.

Se considera abusvo establecer la autorización expresa del Usuario para cargar en su cuenta de depósito, el sado de los créditos u otros productos que haya contratado con la Institución Financiera o con integrantes de su grupo financiero, sin indicar los plazos y saldos a considerar para efectuar dichos cargos.

27/11/2017
1621-429-011404/08-02995-0315

II.12. COMPENSACIÓN. El Cliente otorga su absoluta conformidad y autorización para compensar o pagar con recursos de la Cuenta, cualquier obligación de pago que contraiga con el Banco en virtud de este contrato o, inclusive, respecto de cualquier obligación contraída por otro motivo, ya sea como acreditado, endosante, suscriptor de pagarés, fiador, avalista, por pago de comisiones o cualquier otro adeudo que no sea liquidado oportunamente, se le cargue a la Cuenta, liberando al Banco de cualquier responsabilidad en que pudieran incurrir al proceder de esta manera.

Se considera abusvo establecer la autorización expresa del Usuario para cargar en su cuenta de depósito, el sado de los créditos u otros productos que haya contratado con la Institución Financiera o con integrantes de su grupo financiero, sin indicar los plazos y saldos a considerar para efectuar dichos cargos.

27/11/2017
1621-428-008391/10-00369-0216

II.12. COMPENSACIÓN. El Cliente otorga su absoluta conformidad y autorización para compensar o pagar con recursos de la Cuenta, cualquier obligación de pago que contraiga con el Banco en virtud de este contrato o, inclusive, respecto de cualquier obligación contraída por otro motivo, ya sea como acreditado, endosante, suscriptor de pagarés, fiador, avalista, por pago de comisiones o cualquier otro adeudo que no sea liquidado oportunamente, se le cargue a la Cuenta, liberando al Banco de cualquier responsabilidad en que pudieran incurrir al proceder de esta manera.

Se considera abusvo establecer la autorización expresa del Usuario para cargar en su cuenta de depósito, el sado de los créditos u otros productos que haya contratado con la Institución Financiera o con integrantes de su grupo financiero, sin indicar los plazos y saldos a considerar para efectuar dichos cargos.

27/11/2017
1621-436-008388/10-02993-0315

II.12. COMPENSACIÓN. El Cliente otorga su absoluta conformidad y autorización para compensar o pagar con recursos de la Cuenta, cualquier obligación de pago que contraiga con el Banco en virtud de este contrato o, inclusive, respecto de cualquier obligación contraída por otro motivo, ya sea como acreditado, endosante, suscriptor de pagarés, fiador, avalista, por pago de comisiones o cualquier otro adeudo que no sea liquidado oportunamente, se le cargue a la Cuenta, liberando al Banco de cualquier responsabilidad en que pudieran incurrir al proceder de esta manera.

Se considera abusvo establecer la autorización expresa del Usuario para cargar en su cuenta de depósito, el sado de los créditos u otros productos que haya contratado con la Institución Financiera o con integrantes de su grupo financiero, sin indicar los plazos y saldos a considerar para efectuar dichos cargos.

27/11/2017
1621-436-008387/14-02992-0315

II.12. COMPENSACIÓN. El Cliente otorga su absoluta conformidad y autorización para compensar o pagar con recursos de la Cuenta, cualquier obligación de pago que contraiga con el Banco en virtud de este contrato o, inclusive, respecto de cualquier obligación contraída por otro motivo, ya sea como acreditado, endosante, suscriptor de pagarés, fiador, avalista, por pago de comisiones o cualquier otro adeudo que no sea liquidado oportunamente, se le cargue a la Cuenta, liberando al Banco de cualquier responsabilidad en que pudieran incurrir al proceder de esta manera.

Se considera abusvo establecer la autorización expresa del Usuario para cargar en su cuenta de depósito, el sado de los créditos u otros productos que haya contratado con la Institución Financiera o con integrantes de su grupo financiero, sin indicar los plazos y saldos a considerar para efectuar dichos cargos.

27/11/2017

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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