INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Siempre Creciendo, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Producto: Crédito Simple

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
1733-439-009300/04-04372-0814

TERCERA.- INTERESES Y GASTOS DIVERSOS. El monto del Crédito otorgado al Cliente por Finómina deberá ser pagado mediante [__] amortizaciones iguales de [__] $([_____] Pesos 00/100 M.N.), ... El Empleador determinara la fecha a partir de la que correrá la retención y entero de dichas amortizaciones a favor de Finómina. En el caso que los pagos, mediante la retención y entero de la nómina del Cliente antes referidos, no pudieran efectuarse por el Empleador, el Cliente deberá llevar a cabo dichos pagos mediante depósito directo a favor de Finómina...

Disposición TERCERA, fracción II, inciso c).

20/11/2015
1733-439-009300/04-04372-0814

DÉCIMA PRIMERA.- CAUSALES DE RESCISIÓN. Serán causas de rescisión del presente Contrato y por consiguiente Finómina podrá dar por vencido anticipadamente el plazo para el pago del Crédito e intereses consignados en este Contrato más IVA, así como una pena convencional equivalente a la mencionada en la Cláusula Quinta del presente Contrato y en su caso hará efectiva la garantía adicional cuando se incurra en una o más de las siguientes causales: a).- Si se llegase a comprobar que el Cliente falseo la información vertida en la Solicitud; b).- ...; e).- En caso de terminación de la relación laboral actual y/o que dejare de recibir pago por parte del patrón; f).- En cualquier otro caso en que conforme a la Ley se hace exigible anticipadamente el cumplimiento de las obligaciones contraídas a plazo.

Disposición TERCERA, fracción II, inciso b).

20/11/2015
1733-439-013527/04-02347-0315

TERCERA.- INTERESES Y GASTOS DIVERSOS. El monto del Crédito otorgado al Cliente por Finómina deberá ser pagado mediante [__] ([__]) amortizaciones iguales de [__] $([_____] Pesos 00/100 M.N.),... El Empleador determinará la fecha a partir de la que correrá la retención y entero de dichas amortizaciones a favor de Finómina. En el caso que los pagos, mediante la retención y entero de la nómina del Cliente antes referidos, no pudieran efectuarse por el Empleador, el Cliente deberá llevar a cabo dichos pagos mediante depósito directo a favor de Finómina...

Disposición TERCERA, fracción II, inciso c).

20/11/2015
1733-439-013527/04-02347-0315

DÉCIMA PRIMERA.- CAUSALES DE RESCISIÓN. Serán causas de rescisión del presente Contrato y por consiguiente Finómina podrá dar por vencido anticipadamente el plazo para el pago del Crédito e intereses consignados en este Contrato más IVA, así como una pena convencional equivalente a la mencionada en la Cláusula Quinta del presente Contrato y en su caso hará efectiva la garantía adicional cuando se incurra en una o más de las siguientes causales: a).- ... e).- En caso de terminación de la relación laboral actual y/o que dejare de recibir pago por parte del patrón; f).- En cualquier otro caso en que conforme a la Ley se hace exigible anticipadamente el cumplimiento de las obligaciones contraídas a plazo.

Disposición TERCERA, fracción II, inciso b).

20/11/2015
1733-439-002448/08-02351-0315

DÉCIMA.- PAGOS ANTICIPADOS. Los Clientes podrán realizar en cualquier momento el pago anticipado de la totalidad de los saldos insolutos de principal e intereses ordinarios devengados a la fecha del pago anticipado, siempre y cuando se cuente con la aprobación unánime de los mismos, y que no se haya incurrido en ningún incumplimiento en los términos y condiciones de este instrumento y sin reclamo de devolución de intereses del plazo total del Contrato. En caso que los Clientes soliciten por escrito una terminación anticipada del Contrato, Creciendo se obliga a entregar dentro de los 5 (cinco) días hábiles inmediatamente siguientes a la solicitud una notificación a través del Representante describiendo el importe de adeudos,...

Disposición TERCERA, fracción IV, inciso c).

20/11/2015
1733-439-002448/08-02351-0315

DÉCIMA SEGUNDA.- CAUSALES DE RESCISIÓN. Serán causas de rescisión del presente Contrato y por consiguiente Creciendo podrá dar por vencido anticipadamente el plazo para el pago del Crédito e intereses consignados en este instrumento, y en su caso hará efectiva la garantía prendaria, cuando se incurra en una o más de las siguientes causales: a).- ... f).- Cuando a juicio de Creciendo se haya incurrido en circunstancias extraordinarias que hagan improbable que los Clientes puedan cumplir con las obligaciones establecidas en el cuerpo de este instrumento;

Disposición TERCERA, fracción IV, inciso g).

20/11/2015
1733-439-002449/08-02350-0315

OCTAVA.- PAGOS ANTICIPADOS. El Cliente podrá realizar en cualquier momento el pago anticipado de la totalidad de los saldos insolutos de principal e intereses ordinarios devengados a la fecha del pago anticipado, siempre y cuando se cuente con la aprobación unánime de los mismos, y que no se haya incurrido en ningún incumplimiento en los términos y condiciones de este instrumento y sin reclamo de devolución de intereses del plazo total del Contrato. En caso que el Cliente solicite por escrito una terminación anticipada del Contrato, Creciendo se obliga a entregar dentro de los 5 (cinco) días hábiles inmediatamente siguientes a la solicitud una notificación describiendo el importe de adeudos,...

Disposición TERCERA, fracción IV, inciso c).

20/11/2015
1733-439-002449/08-02350-0315

DÉCIMA.- CAUSALES DE RESCISIÓN. Serán causas de rescisión del presente Contrato y por consiguiente Creciendo podrá dar por vencido anticipadamente el plazo para el pago del Crédito e intereses consignados en este instrumento, y en su caso hará efectiva la garantía prendaria, cuando se incurra en una o más de las siguientes causales: a).- ... f).- Cuando a juicio de Creciendo se haya incurrido en circunstancias extraordinarias que hagan improbable que el Cliente pueda cumplir con las obligaciones establecidas en el cuerpo de este instrumento;

Disposición TERCERA, fracción IV, inciso g).

20/11/2015

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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