INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Análisis, Filtro e Índices, S.A.P.I. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Producto: Crédito Simple

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
1942-439-013317/02-07176-0915

SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE PAGO.- "EL ACREDITADO" se obliga a pagar a "AFI SOFOM" con recursos propios: I.- ..., II.- ..., III.- ..., IV.- FORMA DE PAGO.- ... PAGOS ANTICIPADOS.- "EL ACREDITADO" podrá anticipar sin previo aviso, A PARTIR DEL MES ___ (_______) siempre y cuando se encuentre al corriente en los pagos exigibles de conformidad con el presente Contrato y el importe del pago anticipado sea por una cantidad igual o mayor al pago que deba realizar "EL ACREDITADO" en el periodo correspondiente, el pago total o parcial de la suma principal insoluta del crédito y de sus intereses. En el caso de ser liquidación total será mediante aviso por escrito (que será irrevocable) en el cual se indique la fecha del pago anticipado, dado con 5 (cinco) días hábiles de anticipación a "AFI SOFOM". En los casos de anticipos parciales, los montos recibidos por "AFI SOFOM" se aplicarán, en primer lugar, al pago de los intereses generados y no pagados, si los hubiere, y después al pago del capital, sin que esto exima a "EL ACREDITADO" de su obligación de cubrir los pagos inmediatos siguientes en forma continua y consecutiva.

Disposición Tercera,
fracción IV, inciso c)

15/09/2015
1942-439-013318/01-20954-0813

SEGUNDA.- OBLIGACIONES DE PAGO.- (...) IV.- FORMA DE PAGO.- (...)
PAGOS ANTICIPADOS.- "EL ACREDITADO" podrá anticipar sin pena ni castigo, A PARTIR DEL MES __ (______) el pago total de la suma principal insoluta del crédito y de sus intereses. En el caso de ser liquidación total será mediante aviso por escrito (que será irrevocable) en el cual se indique la fecha del pago anticipado, dado con 5 (cinco) días hábiles de anticipación a "AFI SOFOM". (...)

Disposición Tercera,
fracción IV, inciso c)

28/09/2015

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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