INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Fomento LG, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Producto: Crédito Refaccionario

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
1976-137-006913/04-11241-1215

DÉCIMA NOVENA. VENCIMIENTO ANTICIPADO. Las partes acuerdan dar por vencido anticipadamente, el plazo para el pago del importe del crédito y sus intereses, sin necesidad de requisito o trámite previo alguno, si la PARTE ACREDITADA faltare al cumplimiento de cualesquiera de las obligaciones contraídas en este Contrato, o además en los casos en que la Ley así lo previene o en cualesquiera de los siguientes supuestos, salvo que exista consentimiento previo y por escrito de los representantes legales de LA ACREDITANTE que la releven de su cumplimiento: a) Si LA ACREDITADA hubiere hecho alguna declaración falsa en el presente contrato o posteriormente,... t) Si LA ACREDITADA contrae pasivos financieros, comparables al presente crédito por su tipo, por su destino y/o plazo, en el que se pacten garantías, reales o personales, adicionales a las pactadas respecto de este crédito.

Disposición TERCERA, fracción III, inciso b)

30/05/2017

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

Top