INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Consede, Consultores y Servicios, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Producto: Crédito Refaccionario

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
2407-137-013002/08-03589-1016

DÉCIMA QUINTA.- OBLIGACIONES DE NO HACER DE EL ACREDITADO.- "EL ACREDITADO" durante la vigencia de disposición y pago del presente contrato tendrá las obligaciones de no hacer siguientes: a).- No contraer obligaciones con vigencia superior a doce meses, sin el previo consentimiento otorgado por escrito por "CONSEDE". b).- No obligarse directa o indirectamente al pago de obligaciones a cargo de terceros, salvo la responsabilidad cambiaria a su cargo que se establezca por descuentos de su propia cartera derivados de operaciones normales y propias del negocio.

Disposición Tercera Fracción III inciso b)

23/06/2017

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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