INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Grameen de la Frontera Sonora, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Producto: Crédito Simple

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
2427-439-010885/06-10643-1215

DÉCIMA SEGUNDA.- ADELANTO DE PAGOS.- "LA ACREDITADA" podrá adelantar pagos en los términos y condiciones autorizados por "LA ACREDITANTE" conforme a esta cláusula, en el entendido de que los pagos anticipados deberán aplicarse al saldo del principal, a los intereses y a su fondo de garantía de acuerdo a los montos establecidos en la tabla de amortización.... "LA ACREDITADA" podrá realizar pagos que aún no sean exigibles, con el fin de aplicarlos a cubrir las amortizaciones del período que estén por vencer, conforme a lo señalado en la Cláusula Séptima de este Contrato. En este caso, bastará con que "LA ACREDITADA" de aviso de forma verbal a "LA ACREDITANTE" con más de 8 (ocho) días naturales de anticipación a la fecha en que este previsto el pago de la próxima amortización.

Disposición Tercera, fracción IV, inciso c)

31/05/2018

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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