INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Fomento Multiempresarial, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Producto: Crédito de Nómina

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
5161-140-017564/01-04646-0814

SÉPTIMA. PAGOS ANTICIPADOS. El ACREDITADO podrá pagar en su totalidad y por anticipado el importe total del saldo insoluto de el CREDITO a su cargo, incluyendo los intereses devengados a la fecha de la liquidación total dentro del plazo establecido en el presente contrato. Para tal efecto el ACREDITADO podrá pagar sin penalización alguna siempre y cuando dicho pago se realice en cualquier fecha de pago de intereses conforme a lo establecido en la cláusula QUINTA de este contrato y el ACREDITADO haya dado aviso por escrito de tal situación con 5 (CINCO) días hábiles de anticipación a la fecha en que pretenda hacer el pago anticipado de el CREDITO a FOMENTO, sin que ese hecho lo exima de la obligación de efectuar los pagos inmediatos siguientes, en caso que no realizare el pago respecto del cual ya haya dado aviso en términos de la presente cláusula.

Disposición Tercera Fracción IV Inciso c)

31/08/2019
5161-140-017564/01-04646-0814

DECIMA TERCERA. VENCIMIENTO ANTICIPADO DEL CREDITO. Serán causas de vencimiento anticipado de "EL CREDITO" y en consecuencia "FOMENTO" podrá exigir el pago inmediato del saldo insoluto de "EL CREDITO" cuando se presenten las siguientes circunstancias: a) La falta de pago oportuno de una o más de las cantidades convenidas. b) El uso ilícito de "EL CREDITO" por parte de "EL ACREDITADO". c) Que "EL ACREDITADO" deje de formar parte de ___________ S.A. DE C.V. y que, por tal motivo, no resulte posible para "FOMENTO" el que se realice la retención de "LAS PERCEPCIONES" y por causa directa de ello, la amortización de "EL CREDITO". d) Si cualquier información o dato proporcionado por "EL ACREDITADO" resulta ser falso o si dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que cambiare cualquier parte de la citada información de "EL ACREDITADO" y este no diere aviso por escrito a "FOMENTO" de dicho cambio...

Disposición Tercera Fracción II Inciso b)

31/08/2019

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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