INFORMACIÓN HISTÓRICA

Para que los usuarios puedan consultar las cláusulas abusivas que las instituciones financieras han eliminado, pero que pudieran afectarle en contratos celebrados con anterioridad, situación que no debe de ser.


Nombre de la Institución: Soagro, S.A. de C.V., SOFOM, E.N.R.

Producto: Crédito de Habilitación o Avío

 

Número RECA Cláusula Actual Supuesto *Fecha de Eliminación
6416-136-013176/01-20777-0813

DÉCIMA CUARTA.- LUGAR Y FORMA DE PAGO.-Todas las cantidades que EL ACREDITADO adeude a EL ACREDITANTE, asi como los interese devengados, serán pagadas de acuerdo a lo señalado en la cláusula séptima para el pago de principal y alas clausulas octava y novena con respecto a los intereses ordinarios, asi como la clausula decima para el pago de intereses monaratorios, en su caso, precisamente en Moneda Nacional en cualquiera de las sucursales bancarias... Las partes acuerdan que El Acreditante podrá modificar el lugar o la forma de pago aquí referidos, siempre y cuando lo notifique por escrito a EL ACREDITADO con, cuando menos, 10 días hábiles de anticipación a la fecha de pago de que se trate.

Disposición Tercera Fracción III Inciso a)

31/01/2019
6416-136-013176/01-20777-0813

DÉCIMA OCTAVA. OBLIGACIONES DE NO HACER. DURANTE LA VIGENCIA DEL CRÉDITO, el acreditado y en su caso las personas que compadezcan a la firma del presente contrato, salvo que la acreditante autorize por escrito lo contrario, no podran: NO PODRÁ CONTRATAR otros pasivos a largo plazo, con cualquier acredor ya sea nacional o del extranjero y por cualquier importe.

Disposición Tercera Fracción III Inciso b)

31/01/2019

*Se refiere a la fecha en que la Institución eliminó el supuesto abusivo en el contrato de adhesión reguistrado en el RECA.

 

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